El día de hoy, viernes 26 de abril, comenzó a regir oficialmente la disposición legal que reforma el Código del Trabajo de nuestro país y que reducirá la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales. Dicha reducción, cabe señalar, es un proceso de implementación gradual, y para este año la disminución contemplada es de 45 a 44 horas.
En horas de la mañana, trabajadoras y trabajadores, autoridades de gobierno y representantes sindicales se dieron cita en el frontis del Ministerio del Trabajo y Previsión Social a fin de anunciar y promover la entrada en vigor de la Ley 40 horas. En dicho evento, al que también asistió Ana Lamas Aguirre, Presidenta de la Confederación de Trabajadores del Cobre (CTC), se dio especial importancia al permanente rol y esfuerzo de diversas organizaciones sindicales (entre ellas la CTC, y que partió el año 2017 en conjunto con la entonces Diputada y actual Ministra Secretaria General de Gobierno, Camila Vallejo, quien es autora del proyecto original) en torno a la iniciativa de disminuir la carga horaria laboral. Del mismo modo, este importante avance fue señalado como un ejemplar resultado del diálogo social y tripartito, en el que representantes de las y los trabajadores, junto con representantes de gobierno y empresarios, alcanzaron una transversal comprensión sobre esta iniciativa, que, cabe subrayar, constituye un avance para el país en general pues lo que busca es conciliar la vida laboral y familiar.
La disminución de la jornada laboral es un proceso gradual, que a partir de hoy contempla una rebaja de 45 a 44 horas semanales. Luego, a partir del 26 de abril de 2026, la cantidad de horas nuevamente bajará, esta vez de 44 a 42 horas semanales. Finalmente, y ya a partir del 26 de abril de 2028, la jornada laboral irá de 42 a 40 horas semanales.
Se rompe, una vez más, el viejo paradigma del “no se puede”.
Conciliar la vida laboral con la familiar, o con el debido descanso o tiempo libre, no es cosa de ayer o antes de ayer. Se trata de una reivindicación obrera de larga data en el mundo, y que dice relación con la necesidad de un digno desarrollo de la vida de las personas. La soberanía de las y los trabajadores sobre su tiempo, en definitiva, se traduce también como una reivindicación de soberanía sobre sus propias vidas: de trabajar para vivir y no vivir para trabajar. En nuestro país, en tanto, y con la entrada en vigor de la ley 40 horas, se rompe una vez más el viejo paradigma del “no se puede”. Porque sí, sí se puede.
Queda ahora la correcta implementación de esta nueva normativa. Queda ahora que trabajadoras, trabajadores, sus sindicatos y organismos de fiscalización competentes se mantengan atentos y vigilantes frente a los intentos de torcer su aplicación. La Ley 40 horas debe ser respetada y aplicada en virtud de su idea y espíritu originales, pues la disminución es por horas y no por minutos dispersos a lo largo de la semana, y cualquier otra fórmula (no contemplada por la normativa) debe ser de común acuerdo con las y los trabajadores, jamás de forma unilateral por parte de la empresa o empleadores.
Infórmate, acércate a tu sindicato, conversa con tus dirigentas y dirigentes.