La batería administrativa y legislativa del gobierno de Sebastián Piñera, aprovechando la crisis sanitaria producida por la propagación del COVID-19 en nuestro país, se ha dejado caer sin miramientos sobre las y los trabajadores de Chile. Y es que no bastaba la implementación de políticas profundamente impopulares en lo que va de su mandato, que influyeron decisivamente en la precipitación del estallido social a partir del 18 de octubre de 2019, sino que hoy nuevamente arremete con leyes y proyectos de ley que profundizan aún más la desigualdad social, la precarización del trabajo y de los trabajadores.
A la mal llamada “Ley de protección al empleo”, que, como sabemos, deja a las y los trabajadores al desamparo ante la facultad que otorga a los empleadores de suspender las relaciones laborales (bajo el pretexto del COVID-19) liberándolos del pago de salarios, se suma el “Finiquito Electrónico” implementado por la Dirección del Trabajo (DT). El Finiquito Electrónico, por su parte, presume ser un mecanismo que da viabilidad y rapidez al trámite de término de la relación laboral, pero que sin embargo esconde o al menos no considera importantes derechos que como Servicio (DT) están llamados a garantizar. En primer lugar, tal y como denunciara en un comunicado la Asociación de Abogados Laboralistas de Chile (AGAL) y las Bancadas Parlamentarias de oposición en un oficio presentado el día de ayer ante la Contraloría General de la República, se trata de un mecanismo ilegal pues no se encuentra actualmente regulado por Ley. Pero además, este trámite de Finiquito Electrónico, no contempla y no permite a las y los trabajadores incorporar reclamaciones y resguardos, ante el eventual desacuerdo con las condiciones de finiquito que el empleador imponga. No se tratan, entonces, la Ley de protección al empleo y el Finiquito electrónico, de iniciativas que busquen resguardar un justo equilibrio entre partes (trabajador-empleador) sino que carga aún más la balanza de la injusticia. Permiten, por un lado, a los empleadores desligarse de su responsabilidad salarial y, por otro, da pie a la implementación de despidos masivos y sin derecho a reclamo por parte de los trabajadores.
Pero eso no es todo. Como si fuera poco, hoy se discutió en el Senado el proyecto de Ley que busca suspender temporalmente las Negociaciones Colectivas. Este proyecto, presentado por el Gobierno, en lo sustantivo propone la suspensión de toda Negociación Colectiva que se ha iniciado o debería iniciarse durante el período en que se extienda el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe decretado el 18 de marzo de 2020. Lo anterior bajo el argumento de evitar “la comparecencia personal de los actores intervinientes, la cual se ha visto limitada o restringida”. Cabe señalar que en el mencionado proyecto de ley se considera – a modo de excepción- la posibilidad de efectivamente llevar adelante las Negociaciones Colectivas, pero esta posibilidad, que antes se daba por el solo hecho de la llegada de la fecha de negociación o por iniciativa del sindicato recién constituido, hoy, de aprobarse en el parlamento el proyecto del gobierno, dependerá de un acuerdo entre partes (trabajadores-empleador). Es decir, y en términos simples, no se podrá negociar colectivamente si el empleador no quiere hacerlo.
El gobierno ha venido con todo contra los trabajadores, y así las cosas, con una Ley que NO protege el empleo sino que lo precariza aún más; con una Dirección del Trabajo implementando sistemas ilegales; y con un proyecto de Ley que coarta el derecho de Negociación Colectiva al pretender suspenderlo, como Confederación de Trabajadores del Cobre recalcamos que se hace más clara que nunca la necesidad de la toma de consciencia por parte de las y los trabajadores de no estar solos, de organizarse y sindicalizarse, para defender nuestras conquistas y derechos ante estas y otras prácticas injustas y abusivas.